El agua en el nuevo real decreto de nutrición sostenible en los suelos agrarios

El agua en el nuevo real decreto de nutrición sostenible en los suelos agrarios

El agua en el nuevo real decreto de nutrición sostenible en los suelos agrarios

El 29 de diciembre de 2022 se publicó el Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios. Principalmente enfocado para introducir una nueva sección en el cuaderno de campo relacionada con el registro de actividades de fertilización llevadas a cabo, así como otros aspectos referentes a buenas prácticas en materia de aportes de nutrientes al suelo, vuelve a hacer hincapié en la importancia que tiene una gestión optimizada del agua en los riegos Introduce así unas indicaciones específicas referentes al manejo de los recursos hídricos, en concreto, en el Artículo 6 y en el Anexo IX

En el artículo 6 de este decreto, referente al plan de abonado de las explotaciones agrícolas, se indica entre otras medidas que se tendrá que tener en cuenta el agua aportada por las precipitaciones en la planificación de los riegos y abonados. Por lo tanto, incluir datos referentes a las precipitaciones registradas por estaciones meteorológicas (ya sean las situadas en las propias explotaciones o en localizaciones ajenas) va a cobrar más importancia. Si se incluyen las cifras aportadas por las lluvias en los planes de riego se puede reducir los insumos hídricos de otras fuentes aportados en la agricultura que ya de por sí son muy escasos, como se puede comprobar en explotaciones que ya llevan a cabo estas prácticas.

Por otro lado, en el Anexo IX de buenas prácticas en la utilización del agua de riego en la fertilización, se listan una serie de medidas encaminadas nuevamente a maximizar el rendimiento de los recursos hídricos. Destaca en este anexo el punto IX (1) en el que se establece que todos aquellos materiales de abono que aporten agua de manera considerable al cultivo (como es el caso de estiércoles líquidos) se tendrán que tener en cuenta para el cálculo de la dosis de riego y la frecuencia de su aplicación. Ciertamente, en el caso de los estiércoles, no es infrecuente que estos presenten un contenido en humedad superior al 50% y cuando se aplican cantidades por encima de la tonelada por hectárea puede suponer un valioso aporte de humedad al terreno que no todos los agricultores tienen en cuenta cuando planifican sus riegos.

Otros puntos de interés de este anexo son el IX (2) y el IX (4) en el que se promueve la utilización del riego localizado y la aplicación de los fertilizantes mediante fertirriego para minimizar pérdidas por lixiviación, pero en este último caso siempre y cuando la fertilización y el riego coincidan, de manera que no se tengan que aplicar dosis de riego extra y por lo tanto se incurra en sobregastos de agua.

Aplicar estas medidas colectivamente es sin duda de vital importancia no sólo como complemento para una correcta fertilización de los suelos, sino para lograr también optimizar un recurso tan valioso y escaso como es el agua, que tanto empieza a escasear en la actualidad y que con los cambios que se quieren implantar en el nuevo plan hidrológico de 2022-27, seguirá viéndose mermada.

No obstante, estas nuevas prácticas siempre estarán supeditadas a que aparezca una legislación más restrictiva, ya sea a nivel nacional o regional.

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